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REGLAMENTO CASETA DE FERIA – 2025

Estimados socios:

Esta Junta Directiva se complace en comunicaros el reglamento de nuestra caseta para  la celebración de la Feria de Abril de 2025.

Siempre habrá un miembro de la Junta Directiva como responsable en la caseta, que velará por el cumplimiento de  este  reglamento y  disfrute en la misma. El personal de control de acceso os podrá informar  de la persona de la Junta Directiva que está de responsable en cada momento.

A continuación, os pasamos a detallar el reglamento:

       1º) El socio que no se encuentre al día en el pago de las cuotas de la casa, no tendrá acceso a la caseta, y su núcleo familiar tampoco.

       2º) El acceso a la caseta, será bajo la presentación del NUEVO CARNET DE SOCIO, realizado en el año 2025, alpersonal de control de acceso o al  Directivo de caseta. En caso necesario se podrá solicitar el D.N.I. para su identificación en el listado de socios y núcleo familiar. No serán válidos los carnets emitidos en años anteriores.

       3º) Todo socio, con su nuevo carnet, tiene derecho a acceder a la caseta con familiares y amigos (invitados), siempre que el aforo lo permita. Se facilitarán 6 invitaciones por socio numerario para toda la feria. En dichas invitaciones figura el número de socio, son personales e intransferibles, y no podrán acceder a la caseta más de 6 invitados por socio. El socio será responsable de la custodia de dichas invitaciones durante toda la feria ya que en caso de pérdida no se podrán facilitar más invitaciones.

         4º) Los invitados no podrán acceder ni permanecer en la caseta sin la presencia del socio. 

A la entrada, se entregarán al personal de control de acceso, tantas invitaciones como invitados accedan a la caseta.

A la salida, el socio tendrá que pedir al personal de control que le sean devueltas las invitaciones y  abandonar la caseta acompañado por sus invitados.

        5º) Este año contaremos con una nueva empresa de seguridad, cuya principal labor será el control de acceso según lo estipulado en las normas establecidas.

        6º) El Directivo responsable de caseta, podrá solicitar en cualquier momento la acreditación de socio (el carnet de la Casa de Cantabria), para un correcto funcionamiento de la caseta.

7º) Tienen libre acceso a la caseta, siempre y cuando el aforo lo permita, quien acredite alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser cántabro y residir en Cantabria, bajo la presentación de su D.N.I. o documento acreditativo.
  • Pertenecer a  cualquier Casa de Cantabria en el mundo, presentando su carnet de socio
  • Pertenecer a  las Juntas Directivas de las Casas Regionales establecidas en Sevilla, bajo la presentación de la invitación acreditativa.

      Este acceso será personalizado y con un acompañante como máximo.

      Quedan EXCLUIDOS aquellos cántabros que “residan en Sevilla y su provinciay no sean socios.

      7º) Queda terminantemente prohibido fumar en el recinto de la caseta por orden administrativa, tanto cigarrillos tradicionales como vapers, cigarrillos electrónicos, etc… La persona infractora tendrá que responder ante la sanción impuesta por la autoridad competente.

     8º) No se podrán unir más de 2 mesas ni se podrán tener sillas reservadas sin ocupar, debiéndolas ceder al socio que las necesite si este las requiere.

     9º) La mesa situada al lado del personal de control de acceso, estará reservada para el Directivo responsable de caseta.

     10º) Los niños pequeños estarán en todo momento bajo el cuidado de sus familiares o personas adultas en las que estos deleguen.

     11º) Los socios se harán cargo de los desperfectos que ocasionen en la caseta, ya sean ocasionados por ellos, su núcleo familiar o sus invitados.

     12º) Las consumiciones se abonarán en la barra del bar.

     13º) Horario oficial de la caseta:         

      APERTURA CASETACIERRE CASETA
LUNES 5 DE MAYO00:45 hrs04:00 hrs
MARTES 6 DE MAYO12:00 hrs05:00 hrs
MIÉRCOLES 7 DE MAYO12:00 hrs04:00 hrs
JUEVES 8 DE MAYO12:00 hrs04:00 hrs
VIERNES 9 DE MAYO12:00 hrs04:00 hrs
SÁBADO 10 DE MAYO12:00 hrs04:00 hrs
DOMINGO 11 DE MAYO12:00 hrs00:00 hrs

     14º) En los casos en que exista una infracción de los Estatutos, o de este Reglamento, y en aquellos en que la conducta de cualquier socio dentro de la caseta, no se ajuste a las normas de una buena convivencia social o pueda poner en entredicho la buena reputación de esta Casa, la Junta Directiva tiene la facultad de abrir el expediente sancionador que corresponda, tal y como recogen los estatutos de la asociación en su artículo 20.

              ROGAMOS VUESTRA COLABORACION PARA EL DISFRUTE  DE TODOS                                      

                 ¡¡OS DESEAMOS UNA FELIZ FERIA 2025!!

                                                               LA JUNTA DIRECTIVA

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