Estimados socios:
Esta Junta Directiva se complace en comunicaros el reglamento de nuestra caseta para la celebración de la Feria de Abril de 2026.
Siempre habrá un miembro de la Junta Directiva como responsable en la caseta, que velará por el cumplimiento de este reglamento y disfrute en la misma. El personal de control de acceso os podrá informar de la persona de la Junta Directiva que está de responsable en cada momento.
A continuación, os pasamos a detallar el reglamento:
1º) El socio que no se encuentre al día en el pago de las cuotas de la casa, no tendrá acceso a la caseta, y su núcleo familiar tampoco.
2º) El acceso a la caseta, será bajo la presentación del CARNET DE SOCIO, emitidos en 2025/2026 con el reverso de la Plaza de España, al personal de control de acceso o al Directivo de caseta. En caso necesario se podrá solicitar el D.N.I. para su identificación en el listado de socios y núcleo familiar. No serán válidos los carnets emitidos en años anteriores.
3º) Todo socio, mostrando su carnet, tiene derecho a acceder a la caseta con familiares y amigos (invitados), siempre que el aforo lo permita. Se facilitarán 6 invitaciones por socio numerario para toda la feria. En dichas invitaciones figura el número de socio, son personales e intransferibles, y no podrán acceder a la caseta más de 6 invitados por socio. El socio será responsable de la custodia de dichas invitaciones durante toda la feria ya que en caso de pérdida no se podrán facilitar más invitaciones.
4º) Los invitados no podrán acceder ni permanecer en la caseta sin la presencia del socio.
A la entrada, se entregarán al personal de control de acceso, tantas invitaciones como invitados accedan a la caseta.
A la salida, el socio tendrá que pedir al personal de control que le sean devueltas las invitaciones y abandonar la caseta acompañado por sus invitados.
5º) Les rogamos la mayor colaboración con el personal de seguridad, cuya principal labor será el control de acceso según lo estipulado en las normas establecidas.
6º) El Directivo responsable de caseta, podrá solicitar en cualquier momento la acreditación de socio (el carnet de la Casa de Cantabria), para un correcto funcionamiento de la caseta.
7º) Tienen libre acceso a la caseta, siempre y cuando el aforo lo permita, quien acredite
alguna de las siguientes circunstancias:
- Ser cántabro y residir en Cantabria, bajo la presentación de su D.N.I. o documento
acreditativo. - Pertenecer a cualquier Casa de Cantabria en el mundo, presentando su carnet de
socio - Pertenecer a las Juntas Directivas de las Casas Regionales establecidas en Sevilla,
bajo la presentación de la invitación acreditativa.
Este acceso será personalizado y con un acompañante como máximo.
Quedan EXCLUIDOS aquellos cántabros que residan en Sevilla y su provincia y no sean
socios.
7º) Queda terminantemente prohibido fumar en el recinto de la caseta por orden
administrativa, tanto cigarrillos tradicionales como vapers, cigarrillos electrónicos, etc.… La
persona infractora tendrá que responder ante la sanción impuesta por la autoridad
competente.
8º) No se podrán unir más de 2 mesas ni se podrán tener sillas reservadas sin ocupar,
debiéndolas ceder al socio que las necesite si este las requiere.
9º) La mesa situada al lado del personal de control de acceso, estará reservada para el
Directivo responsable de caseta.
10º) Los niños pequeños estarán en todo momento bajo el cuidado de sus familiares o
personas adultas en las que estos deleguen. Los niños invitados harán uso de una invitación.
11º) Los socios se harán cargo de los desperfectos que ocasionen en la caseta, ya sean
ocasionados por ellos, su núcleo familiar o sus invitados.
12º) Las consumiciones se abonarán en la barra del bar.
13º) Horario oficial de la caseta:
LUNES 20 DE ABRIL 00:00 hrs 05:00 hrs
MARTES 21 DE ABRIL 12:00 hrs 05:00 hrs
MIÉRCOLES 22 DE ABRIL 12:00 hrs 05:00 hrs
JUEVES 23 DE ABRIL 12:00 hrs 05:00 hrs
VIERNES 24 DE ABRIL 12:00 hrs 05:00 hrs
SÁBADO 25 DE ABRIL 12:00 hrs 05:00 hrs
DOMINGO 26 DE ABRIL 12:00 hrs 00:00 hrs
14º) En los casos en que exista una infracción de los Estatutos, o de este Reglamento, y en aquellos en que la conducta de cualquier socio dentro de la caseta, no se ajuste a las normas de una buena convivencia social o pueda poner en entredicho la buena reputación de esta Casa, la Junta Directiva tiene la facultad de abrir el expediente sancionador que corresponda, tal y como recogen los estatutos de la asociación en su artículo 20.
ROGAMOS VUESTRA COLABORACION PARA EL DISFRUTE DE TODOS
¡¡OS DESEAMOS UNA FELIZ FERIA 2026!!